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TAG 

Cómo deudor te preguntarás que acciones son pertinentes realizar una vez que un receptor judicial notifica en tu domicilio una demanda de cobro de peajes de autopistas concesionadas. Tranquilo, no te desesperes, dado que el procedimiento ejecutivo suscitado ante el Juzgado de Policía Local correspondiente a tu domicilio, entrega una oportunidad procesal de defensa.

 

Así las cosas, en los siguientes párrafos podrás encontrar información al respecto, sin perjuicio que siempre sugeriremos que sea un profesional quien revise los antecedentes de hecho y de derecho de tu caso, dado que cada asunto tiene sus particularidades por analizar, y así puedas planificar una idónea defensa conforme tus intereses.

Contáctanos aquí.

 

¿Qué es el TAG?

El TAG es un dispositivo electrónico que se instala en el parabrisas delantero del vehículo, el cual permite detectar su paso por los pórticos de las Autopistas Urbanas e Interurbanas Concesionadas, con el propósito de realizar los cobros de los tránsitos efectuados en cada una de estas vías. Es responsable la persona natural o jurídica, titular del Contrato de Arrendamiento de TAG con la autopista. Mediante este contrato el usuario adquiere derechos y obligaciones, tales como transitar por las autopistas, pagar los peajes por el uso de la vía concesionada y restituir el TAG al término del contrato, entre otros. 

¿Quién es el responsable del uso del TAG/Televía y pagos asociados?

Es responsable la persona natural o jurídica, titular del contrato de arrendamiento de TAG con la autopista. Mediante este contrato el usuario adquiere derechos y obligaciones, tales como transitar por Autopistas Urbanas Concesionadas, pagar los peajes por el uso de la vía y restituir el TAG al término del contrato, entre otros. El artículo Nº42 del Decreto Ley 900 de Concesiones, faculta a la Sociedad Concesionaria para el cobro judicial de los peajes adeudados contra quienes no cumplan con el pago de la tarifa, y establece sanciones por el incumplimiento, las cuales debe aplicar el Juez de Policía Local respectivo. Además, la consecuencia de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley del Tránsito, es el envío de una constancia a la Dirección de Administración y Finanzas (DAF) de la Municipalidad con jurisdicción en el territorio donde se ubique el primer pórtico que sorprendió una circulación ilícita, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 43 bis, introducido a la Ley Nº 18.287 sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, que desde el 20 de enero de 2010 estableció el cobro administrativo de la multa por el Director de la DAF y sólo en los casos de no pago de ésta, la denuncia es derivada al Juzgado de Policía Local competente. Al respecto es preciso señalar, que el artículo 24 de la Ley 18.287 consigna en este sentido que: “tratándose de las denuncias señaladas en el inciso tercero del artículo 3º, el Secretario del Tribunal, cada dos meses, comunicará las multas no pagadas para su anotación en el Registro de Multas del Tránsito No Pagadas. Mientras la anotación esté vigente, no podrá renovarse el permiso de circulación del vehículo afectado”.

¿Cuánto debo pagar sí me demanda una Autopista Concesionada? ¿Qué ocurre sí no pago?

Sí te demandan por el artículo 42 de la Ley de Concesiones ante Juzgado de Policía Local competente y se dicta sentencia condenatoria en tu contra, deberás pagar la deuda más intereses y costas, además de una multa a beneficio municipal que puede alcanzar hasta cinco (5) veces lo adeudado, y en caso de reincidencia hasta quince (15) veces. Cabe destacar que, sí no pagas a la Autopista Concesionada, esta en calidad de acreedor podrá solicitar el embargo de tus bienes. Asimismo, el Tribunal te podrá compeler sí no pagas la multa que se curse, teniendo facultades para proceder por vía de substitución y apremio, reclusión nocturna, reclusión diurna o reclusión de fin de semana a razón de un día o una noche por cada quinto de unidad tributaria mensual adeudada. 

¿De qué trata el procedimiento de Cobranza Judicial por Deuda TAG?

El receptor judicial notificará la demanda donde te cobran la deuda más una solicitud de multa de cinco (5) veces lo adeudado, o hasta quince (15) veces en caso de reincidencia,  citándote a comparendo de conciliación, contestación y prueba, al cual deberás asistir debidamente representado por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. Es importante que verifiques sí el documento entregado es una demanda judicial, pues en someros casos lo otorgado por las empresas de cobranza no es documentación correspondiente a una demanda propiamente tal, sino que un aviso de cobranza extrajudicial que tiene por objeto asustar al deudor para que acceda a pagar voluntariamente y así evitar los gastos del litigio.

 

Así las cosas, sí efectivamente fuiste demandado y citado al comparendo de estilo ante el Juzgado de Polícia Local, será cuando te enfrentes al abogado de la autopista, y podrás interponer excepciones de defensa que se susciten en mérito de los antecedentes de tu caso y que de seguro tu abogado preparará con profesionalismo y la debida antelación requerida. Cabe destacar que, sí estas excepciones son eventualmente acogidas por el Juez, podrías liberarte de la deuda o lograr un acuerdo de pago confome tus facultades económicas.

En suma, cómo demandado durante este comparendo podrás defenderse verbalmente o por escrito, ya sea contestando la demanda u oponiendo excepciones de defensa. Además, podrás reconvenir al demandante, siendo esta tu única oportunidad para hacerlo. Durante esta etapa procesal, las partes podrán presentar todos sus medios de prueba, siendo este el momento para exhibirlos. De esta forma, en caso que pretendas ofrecer prueba testimonial, deberás acompañar una lista de testigos al Tribunal, la cual contendrá el nombre completo, profesión u oficio y residencia de cada uno de ellos, debiendo presentarse antes de las 12 horas del día hábil que precede al designado para el referido comparendo.


El Juez apreciará la prueba y los antecedentes de la causa conforme a las reglas de la sana crítica.


Deberá dictarse sentencia dentro del plazo de quince días contado desde la fecha en que el juicio se encuentre en estado de fallo.
 

El cumplimiento de la sentencia, si se solicita dentro del plazo de 30 días contado desde que la sentencia se hizo exigible, se tramitará conforme al procedimiento de ejecución incidental, ante el mismo Juzgado de Policía Local.


Procede, por regla general, recurso de apelación ante la Ilustre Corte de Apelaciones que corresponda, respecto de las sentencias definitivas y de las resoluciones que hagan imposible la continuación del juicio, dentro del plazo fatal e individual de 5 días contado desde la notificación de la resolución.

¿Puedo ir a DICOM por una deuda TAG comercial?

No, la Ley 20.575, prohíbe que te ingresen a DICOM por una deuda TAG. Según esta las deudas que no ingresan a Dicom son: 

  1. Deudas con personas naturales. Es decir, deudas por no pago de rentas de un arrendamiento o préstamos entre personas.

  2. Las cuentas por servicios básicos como agua, luz o gas tampoco entran a DICOM.

  3. Las deudas de autopistas o TAG tampoco ingresan al registro.

¿Cuáles son mis Derechos como Consumidor de Autopistas Concesionadas?

  • Derecho a que se te cobre por el servicio efectivamente prestado y a que las empresas respondan por los errores de facturación.

  • A recibir información veraz y oportuna, lo que implica recibir las cuentas oportunamente y según las condiciones acordadas.

  • Derecho a conocer el costo del servicio.

  • Derecho a un servicio seguro y a que las autopistas tomen todas las medidas para que así sea.

  • Respecto a las cobranzas, los consumidores tienen derecho a pagar directamente a la empresa a quien le deben, independiente que se tenga externalizado el servicio. En la boleta debe figurar el desglose con la fecha, hora, sentido, pórtico, tarifa y monto de cada cobro.

  • Las cobranzas extrajudiciales deben respetar lo establecido por la Ley en cuanto a que no se pueden realizar llamados o comunicaciones en días y horarios que no sean entre 8:00 y 20:00 horas de lunes a sábado; las empresas no pueden informar de la deuda a terceros como el jefe o la familia, y las acciones de cobranza no pueden arriesgar la estabilidad laboral del deudor.

  • Las autopistas no pueden enviar este tipo de deudas a los registros de morosidad, tales como Dicom o el Boletín Comercial.

  • Ante cualquier infracción a tus derechos, puedes reclamar directamente a la empresa y de no obtener respuesta, reclamar al Sernac y al Ministerio de Obras Públicas. Igualmente, podrás interponer una denuncia y/o querella infraccional por contravención a la Ley del consumidor para perseguir las sanciones e indemnizaciones que correspondan.

  • ¿Cómo puedo obtener una cuenta detallada sí no me la quieren entregar? Ante la negativa deberás reclamar al Sernac y al Ministerio de Obras Públicas, y por último, sí no tienes respuesta alguna, podrás solicitar esta información a través de una acción judicial.

Así, el Ministerio de Obras Públicas, ente fiscalizador de las Autopistas Concesionadas en el marco de la contratación administrativa, como lo es el Sernac respecto a los asuntos que incidan en cuanto a la Ley del Consumidor, promueve el resguardo y la transparencia que deben tener las Autopistas hacia el cliente, debiendo respetar el tenor los contratos y la legislación imperante. Cabe destacar que, los artículos 18 y 28 de la Ley de Protección al Consumidor, prohíben los cobros indebidos por inducir a error en la tarifa del servicio, informando solamente el precio por kilómetro y no el cobro por pasada por los pórticos. Respecto a cobros abusivos superiores a los informados y publicitados, el inciso 1 del artículo 21 de la Ley de Concesiones señala: “el concesionario está obligado a actuar como el sector público en materia de tarifas y debe respetar todos los cuerpos legales”, lo cual incluye el respeto de la Ley de Protección al Consumidor. El cuerpo normativo indica en su artículo 28, "comete infracción a las disposiciones de esta Ley el que, a sabiendas o debiendo saberlo y a través de cualquier tipo de mensaje publicitario induce a error o engaño respecto de: d) El precio del bien o la tarifa del servicio, su forma de pago y el costo del crédito en su caso, en conformidad a la normas vigentes".

En sintesis;

  • Recuerda que la Ley del Consumidor, resguarda tus derechos en las autopistas.

  • Cuando transitas por una autopista concesionada, estamos frente a un acto de consumo por el que se paga una tarifa específica (peaje, cobro tag) por la prestación de un servicio.

  • Por ello, la Ley del Consumidor, resguarda tus derechos en este acto de consumo y te da derecho a:

  1. Que se cobre por el servicio prestado.

  2. Recibir un servicio de calidad y seguridad que no cause daño alguno.

  3. Reclamar si detectas alguna irregularidad en los cobros.

¿Qué hacer en caso de ser víctima de un delito de clonación de patente?

Sin perjuicio que cada caso tiene su particularidad, sugerimos:

Presentar una denuncia o querella criminal por configuración de la letra e) del artículo 196 b de la Ley 18.290, y por el delito de falsificación de instrumento público.

¿Cuáles son los derechos, deberes y obligaciones de los usuarios de Autopistas Concesionadas?

 

Las Bases de Licitación, Contratos TAG y Reglamento de Servicio de la Obra (RSO) de las Autopistas Urbanas Concesionadas, indican a lo menos los siguientes derechos y obligaciones del Usuario:
 

DERECHOS

  • Utilizar el TAG dentro de las Autopistas Urbanas Concesionadas.

  • Exigir la garantía de reparación ante cualquier desperfecto del TAG, no atribuible al usuario.

  • A recibir un servicio de calidad, pudiendo reclamar ante la Sociedad Concesionaria y el Ministerio de Obras Públicas.

  • A realizar reclamos, sugerencias y recibir respuesta a sus requerimientos.

  • Poner fin al Contrato de Arrendamiento de TAG en cualquier momento, devolviendo el dispositivo TAG.

  • Al resguardo de la información y registros fotográficos que se hayan generado producto del Sistema Electrónico de Cobro de Peajes.

  • Recibir en forma gratuita, rápida y eficiente Servicios Especiales Obligatorios de Asistencia a los Usuarios especificados en el Reglamento de Servicio de la Obra (RSO), como primeros auxilios, servicio de remolque y asistencia de bomberos.

  • Recibir indemnización por daños durante el tránsito en la obra vial, que sean imputables a la Autopista.

  • A Seguridad y Asistencia Vial, considerando tránsito expedito, seguro e ininterrumpido, salvo por causa de fuerza mayor o caso fortuito; a contar con instalaciones de servicios básicos y a aquellos servicios especiales obligatorios.

DEBERES

  • Pagar por los peajes, en la fecha y plazos convenidos con la Autopista.

  • Instalar el TAG en el vehículo en forma fija y hacer uso de acuerdo a las especificaciones que se indican en el Instructivo de Uso y Cuidados del Televía que se entrega a cada usuario que suscribe un Contrato de Arrendamiento.

  • Informarse acerca de las condiciones generales de uso del TAG.

  • Restituir el TAG a la Autopista con la cual se suscribió el contrato el término de éste.

  • Informar a la Autopista con la cual se suscribió el contrato sobre el hurto o pérdida del dispositivo TAG o robo del vehículo.

  • Informar a la Autopista con la cual se suscribió el contrato acerca de cualquier cambio en el domicilio del usuario.

  • Informar a la Autopista con la cual se suscribió el contrato sobre cualquier cambio en la propiedad del vehículo en el cual fue instalado el TAG.

  • Permitir al personal, debidamente autorizado por la Autopista, inspeccionar el correcto uso y funcionamiento del dispositivo TAG.

  • Pagar a la Concesionaria los daños a la obra vial, producto de daños ocasionados y que sean imputables al usuario.

  • Tener el debido cuidado con las instalaciones de la Autopista.

  • Tener una conducción responsable.

  • Pagar por los servicios complementarios que preste la Concesionaria.

¿Cuáles son los deberes, derechos y/o obligaciones de las Autopistas Concesionadas?

Las Bases de Licitación, Contratos TAG y Reglamento de Servicio de la Obra (RSO) de las Autopistas Concesionadas,  indican a lo menos los siguientes derechos y obligaciones de las Autopistas Urbanas Concesionadas:
 

DERECHOS

  • Derecho a cobrar peaje o tarifa.

  • Exigir a los usuarios el pago de los daños o deterioros causados a la obra y sus instalaciones.

  • Cobrar el valor de reposición del TAG cuando corresponda.

  • Inhabilitar el Televía por las causales contempladas en el Contrato y en las Condiciones Generales.

  • Solicitar la devolución y/o restitución del TAG una vez finalizado el Contrato.

  • Adherir al TAG, placas u otras marcas que lo identifiquen y que no afecten su normal funcionamiento.

  • Publicar o informar al público las tarifas, a través de la página Web y la Oficina Comercial, además de las consultas telefónicas al Call Center.

DEBERES​

  • No efectuar cobros de tarifas a los usuarios en caso de que el dispositivo presente desperfectos. A no ser que tenga respaldo capaz de demostrar que los tránsitos efectivamente se realizaron por parte del cliente.

  • Obligación de entregar el Instructivo de Uso y Cuidados del TAG.

  • Reparar o reemplazar el TAG cuando presente fallas durante el período de garantía, que no se deban al uso inadecuado por parte del cliente.

  • Preparar un Reglamento de Servicio de la Obra (RSO), conforme lo estipulan las Bases de Licitación.

  • Proporcionar información que requieran los usuarios a través del Centro de Atención al Usuario, Call Center, Página Web, además de otros medios de comunicación que disponga la Concesionaria, y darles un trato deferente.

  • Dar respuesta a los reclamos y sugerencias realizados por los usuarios en forma escrita, en el Libro de Reclamos y Sugerencias (LRS) en un plazo máximo no superior a 5 días a contar de la fecha de presentación de éste.

  • Resguardar la privacidad de la información de los usuarios.

  • Brindar en forma gratuita, rápida y eficiente los Servicios Especiales Obligatorios de Asistencia a los Usuarios especificados en el Reglamento de Servicio de la Obra (RSO).

  • Emitir cada tres meses, a lo menos, un informe automático de cada cuenta de usuario con el registro de transacciones de la cuenta de los clientes indicando saldo inicial y final con registro de pagos en orden cronológico.

  • Obligación de restitución de la circulación, mantenimiento y conservación vial. La Concesionaria está obligada a mantener el tránsito seguro. En caso que se deba suspender el tránsito por emergencias en el camino, deberá tomar las precauciones y medidas tendientes a rehabilitarlo en el menor tiempo posible, dando aviso al usuario mediante paneles de señalización variable, semaforización y todos los medios que disponga.

¿Cómo evalúo mi caso?

  • La evaluación del escenario que te encuentras enfrentando tiene un valor de $55.000 por hora. Se realiza por medio de una sesión telemática (Zoom). Debes enviar la documentación atinente a contacto@ayalaycia.cl, para así tenerla a la vista durante la consulta. Finalmente, en mérito de la revisión propiamente tal, se entregará un presupuesto por la acción administrativa o judicial que proceda, o se indicarán los motivos en caso que no se pueda realizar algún tipo de acción. Entre los servicios que prestamos se encuentran:

  • Evaluación y consultoría por delitos relacionados al TAG, tales como robo, hurto y clonación de placa patente (evaluación $55.000) 

  • Prescripción de deudas con Autopistas Concesionadas (evaluación $55.000)

  • Defensa ante demandas de cobranza TAG en Juzgados de Policía Local 

  • Prescripción de multas de tránsito (evaluación $55.000)

 

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